conductor

Foto: Pixabay – free photos

Uno de cada tres accidentes de tránsito es sufrido por alguien mayor de 65 años, ya sea como conductor o peatón, este grupo de edad representa solo el 10% de los usuarios de la carretera.

No hay una determinada edad que se recomiende dejar de manejar a una persona. Hay adultos mayores que conducen a la perfección, incluso mejor que muchos jóvenes que generan mayores accidentes en la vía.

Un estudio realizado por la Fundación Línea Directa en España mostró que, pese a que los conductores más veteranos respetan más los límites de velocidad y no son agresivos, son vistos como “peligrosos”.

Más de 10 millones de personas que manejan, asegura haber tenido alguna vez situaciones de riesgo en la carretera por culpa de quienes están entrados en años.

Otro estudio realizado por la aseguradora Mapfre concluyó que no solamente los demás conductores consideran a los mayores un peligro para la seguridad vial, sino que ellos mismos también lo perciben así: un 67 % de los mayores de 65 años se siente “más inseguro y lento”, y casi la mitad reconocen haber perdido facultades visuales.

En Colombia no existe una edad límite que establezca la conducción de vehículos, pero las personas a partir de los 80 años deben realizar un examen anual en un centro de reconocimiento de conductores teniendo en cuenta que debe ser avalado por la Secretaría de Movilidad. Si la persona no supera las pruebas sicotécnicas, su licencia no será renovada.

Según el artículo 22 del Código Nacional de Tránsito, la licencia de conducción tiene una vigencia para vehículos de servicio particular, para lo cual su vigencia es de 10 años para conductores menores de 60 años, y de cinco años para personas entre 60 y 80, y de un año para personas  mayores de 80.

Las licencias de conducción para vehículos del servicio público, tienen vigencia de tres años para conductores menores de 60 años de edad y de un año para los mayores de 60.

Estas se renuevan  cada año a partir de los 80 presentando un nuevo examen de aptitud física, mental y de coordinación motriz, y con la validación en el sistema RUNT, que manifiesta que la persona se encuentra al día por concepto de pago de infracciones a tránsito. Si la persona no pasa las pruebas de aptitud, el documento será cancelado definitivamente.

Redacción GEP.  Visite el sitio original de la nota | Fuente: elcolombiano.com