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Anteriormente, existía un vacío legal en materia de fotomultas, en donde los dueños de carros y motos no eran responsables sobre los partes que se generaban a través de estas cámaras si la persona que conducía era diferente al propietario del vehículo, pero esto fue arreglado y se empezó a ajustar en distintas ciudades de Colombia.

En el caso de la capital del país, la Secretaría de Movilidad emitió un comunicado en el que explica los detalles de esta reforma.

“A través la Sentencia C-321 de 2022, la Corte Constitucional estableció que el dueño de un vehículo es el responsable de su adecuada tenencia y debe velar porque el mismo cumpla con las normas de tránsito”

En este sentido, las fotomultas recaerán sobre los propietarios de los vehículos y se debe garantizar que tengan la revisión tecno mecánica y SOAT vigente.

Ahora en Bogotá no será necesario determinar quién conduce el vehículo para las infracciones” incluyendo las impuestas con fotomultas.

Por otra parte, las personas podrán seguir impugnando las sanciones que les impongan, incluyendo las fotomultas y la única forma para no pagar la multa será entregar pruebas que demuestren que se fue víctima de un hurto o fraude del vehículo. Además, El Distrito indicó que, si los ciudadanos ‘pierden’ la impugnación, deberán pagar el 100 % de la multa junto con intereses causados.

Se espera que el Gobierno Nacional expida una norma general acerca de la nueva sentencia sobre fotomultas en Colombia.

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